¿Cómo afecta la nueva Ley de Telecomunicaciones a mi contrato del móvil?
La nueva Ley General de Telecomunicaciones aprobada en junio de 2022 busca, principalmente, incentivar las inversiones de los operadores y mejorar la protección de los usuarios, sobre todo en lo que a telefonía móvil se refiere. En este último caso, afecta a los clientes que son titulares de los contratos a los que les habrá llegado un mail o SMS de su operadora avisando de los nuevos cambios.
Estos afectan, sobre todo, a la duración de los contratos, que pasa a ser como máximo de 24 meses. Hasta la fecha, lo habitual era ofrecer contratos indefinidos, aunque el cliente tenía la posibilidad de resolverlo antes de tiempo. Las operadoras han tenido de plazo hasta el 29 de octubre de 2022 para modificar los numerosos acuerdos y comunicar a los consumidores las nuevas condiciones.
A priori, es una ley hecha para beneficiar al consumidor ante compañías que pudieran ofrecer compromisos de permanencia mayores a 24 meses. Ahora la norma establece que pasado ese tiempo, los contratos se prorrogan automáticamente, aunque el cliente tiene derecho a rescindirlo en cualquier momento sin que se pueda aplicar penalización alguna por la baja.
Un cambio que no parece tan favorable para el usuario es que se debe avisar con un margen de 30 días para rescindir el contrato, aunque de momento muchas operadoras están abriendo el abanico de una forma más amable para sus clientes y ofrecen diversas opciones o directamente no lo aplicarán, aunque a corto plazo esto puede variar. Hasta ahora, las compañías de telefonía atendían las altas de contrato o portabilidades en 48 horas.
La nueva Ley General de Telecomunicaciones contempla varias características para el consumidor que debería conocer a la hora de renovar con su compañía o hacer una portabilidad a otra. Las principales son:
- Los contratos tendrán una duración de 24 meses prorrogables de acuerdo con el cliente.
- Los usuarios podrán rescindir su contrato una vez se cumpla el periodo vigente con un preaviso máximo de un mes sin contraer coste alguno.
- Los operadores pueden exigir al consumidor que informen con un mes de antelación de la baja, aunque en España, a priori, no lo van a requerir.
- Un usuario puede conservar el saldo de una tarjeta móvil d eprepago aunque cambie de operador.
- El cliente tiene derecho a conservar su número de teléfono al rescindir su contrato con un operador durante un mes después de la fecha de rescisión, a menos renuncie a ese derecho.
- La activación del número y su activación en un nuevo operador deberá producirse en el plazo de un día hábil.
- La compañía está obligada a informar en el resumen del contrato todas las condiciones y mecanismos de resolución, así como los costes asociados.
- El usuario tiene derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas si no ha dado su consentimiento.
- Las operadores tienen la obligación de tener un servicio de atención al cliente gratuito, que puede estar desvinculado de los servicios comerciales y se ciña a atender las quejas, dudas o reclamaciones de sus clientes.
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Una de las mayores dudas que pueden generarse entre los usuarios es la que se refiere a la adquisición de teléfonos financiados por medio de sus compañías, ya que muchas ofrecen el pago con una duración mayores a 24 meses. En esta situación si el cliente no renueva y decide irse a otra operadora debe abonar lo que quede del teléfono o devolver el terminal, si es algo que permite el acuerdo firmado entre las partes.
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